Interior
Medidas generalizadas

Pampa del Indio adhirió al último decreto del Gobierno y apela a la "responsabilidad individual"

El intendente Gustavo Karasiuk informó sobre las nuevas medidas para la localidad de Pampa del Indio en adhesión al último decreto provincial firmado por el gobernador Jorge Capitanich.

El intendente Gustavo Karasiuk informó sobre las nuevas medidas para la localidad de Pampa del Indio en adhesión al último decreto provincial firmado por el gobernador Jorge Capitanich para frenar un rebrote de casos de Covid en la provincia.

En ese sentido, se apeló a la “responsabilidad individual” y se insistió en que “es muy importante” a la vez que se explicó que “las medidas son generalizadas, el cuidado para la prevención del contagio del Covi-19 está en cada uno de nosotros”, dijo el jefe comunal.

Y pidió: “Evitemos el contacto, usemos el barbijo y mantengamos el distanciamiento en los lugares públicos”.

Según el último informe epidemiológico emitido por Salud Pública, Pampa del Indio registra 135 casos acumulados.

Medidas

Las medidas dispuestas en el presente, están en vigencia desde el martes 5 y se extenderán hasta el 21 de enero son:

a-Las medidas de higiene y distanciamiento social, preventivo y obligatorio. Se incluyen en estas medidas como recomendaciones: evitar fumar en la vía pública cuando no exista dos metros de distancia entre personas, compartir utensilios, vasos y demás elementos, evitar el consumo compartido de alimentos, bebidas e infusiones (mate-tereré)

b-El uso obligatorio de barbijos o tapabocas en la vía pública, oficinas, locales comerciales y en todo espacio de uso común.

c-El monitoreo permanente de la evolución de los indicadores sanitarios a efectos de observar la evolución de los parámetros e indicadores epidemiológicos y sanitarios. Parte diario publicado.

d-Circulación de personas, automotores y motovehículos: Se mantienen las acciones tendientes a desalentar la movilidad urbana.

En tal sentido la alarma sanitaria se implementará en todo el territorio provincial a fin de hacer saber a la comunidad la criticidad de los indicadores actuales.

La implementación de la alarma sanitaria se realizará entre el horario de 0 horas y las 6 horas de cada día. Durante dicho periodo, se prohíbe los desplazamientos y la circulación de bienes y personas, con exclusión de aquellos afectados al servicio de salud, seguridad o que cuenten con turno o permiso para circular expedido por la plataforma “tu gobierno digital” exclusivamente para este periodo.

Todas las actividades habilitadas deberán concluir su funcionamiento antes de dicho horario a fin de garantizar la fiscalización y control por parte de las autoridades policiales y municipales, con las únicas salvedades que se prevén en el presente.

Durante el periodo de vigencia de la alarma sanitaria, toda excepción de circulación debe encontrarse debidamente justificada.

e- Restricción de uso de espacios públicos: solo se permitirá la permanencia en los espacios públicos hasta las 22 horas. A tal fin las autoridades municipales y de seguridad podrán adoptar las medidas necesarias para disuadir y evitar la concentración y aglomeración de personas. En dichos espacios no se encuentran permitidos la realización de espectáculos públicos, ferias y actividades recreativas no deportivas.

f-Transporte público: Se limita al 50% la capacidad de uso de las unidades de transporte urbano e interurbano, los que mantendrán su frecuencia de 5 hs a 23 hs.

Asimismo, se autoriza como excepción a las restricciones de movilidad, el transporte de media y larga distancia, los que mantendrán su frecuencia conforme el cronograma ya autorizado por las autoridades provinciales y nacionales.

Los usuarios durante su permanencia en la unidad, no pueden realizar actividades que conlleven quitarse la mascarilla, como comer, beber y/o tomar mate.

g-Reuniones y encuentros: El contacto social debe limitarse a los grupos burbuja, es decir, a grupos de personas que se relacionan entre sí generando un espacio de confianza y seguridad; hallándose permitidas solamente hasta un máximo de diez (10) personas preferentemente pertenecientes al grupo familiar y/o convivientes.

h-Eventos Sociales - Culturales: Se suspenden durante la vigencia del presente, las medidas adoptadas por Decreto N° 1706/2020, es decir las vinculadas a realización de eventos y reuniones sociales, culturales, recreativos, musicales, empresariales, en espacios abiertos, cerrados, públicos y/o privados.

i-Actividades de ejercicio físico - deportivas: No se encuentra permitido el desarrollo de deportes y/o actividades físicas de carácter grupal, que impliquen concentración de personas, aglomeramientos y/o contacto físico tanto en ámbitos abiertos, cerrados, espacios públicos y/o privados.

Se exceptúan del presente:

➢ Se encuentran habilitadas las caminatas y ciclismo .

➢ Se encuentran habilitados los gimnasios hasta un máximo de 10 personas

por turno con el debido protocolo correspondiente hasta las 0 horas.

➢ Las canchas de padles seguirán funcionando ,sin la concurrencia de público, ni personas ajenas al juego, hasta las 0 horas.

➢ Se encuentran suspendido el futbol 5,7,11. Campeonatos.

j- Iglesias y Templos: Las actividades desarrolladas en los mismos se limitan al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad en cuanto a la asistencia de personas. Las mismas deberán respetar en todo momento las medidas de distanciamiento social y el uso obligatorio de barbijos o tapabocas.

Dichos lugares deberán encontrarse abiertos y ventilados en forma constante.

Habilitados de jueves a domingo hasta las 0 horas.

k- Locales y establecimientos comerciales: Podrán funcionar dentro de los horarios habilitados, hasta las 24 hs de cada día durante los días lunes, martes y miércoles y hasta las 2 hs los días jueves, viernes, sábado y domingo.

l- Turismo: Conforme las disposiciones nacionales que habilitan el turismo nacional, regional y local, se exceptúa de las limitaciones de circulación durante los fines de semana, la movilidad de bienes y personas con fines turísticos, debiendo dicha movilidad efectuarse dentro del horario permitido y contando con el permiso de turismo solicitado y registrado en la plataforma permisoprovincial.chaco.gob.ar

Todas las actividades habilitadas, deberán adecuar su funcionamiento a los horarios y modalidades.

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