La Provincia
En el marco de la emergencia agropecuaria

La Administración Tributaria suspende pagos a cuenta de Ingresos Brutos para el traslado de ganado

El administrador general, Danilo Gualtieri, destacó la medida de alivio para productores ganaderos está vigente desde el 30 de enero y por 90 días, con opción de prórroga.

En el marco de la declaración de emergencia agropecuaria establecida por el Decreto Provincial 76/2023, la Administración Tributaria Provincial (ATP) dispuso la suspensión por 90 días del pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la salida de ganado del territorio provincial.

“La sequía persistente, junto a las elevadas temperaturas de esta época del año, afectan seriamente la producción agropecuaria provincial”, indicó el administrador general del organismo, Danilo Gualtieri.

Así, en el marco general que otorga la emergencia agropecuaria, y a fin de implementar medidas de apoyo y asistencia a productores ante la difícil situación que atraviesan, la ATP acompaña las directivas del gobierno provincial mediante la Resolución 2146/23.

De esa manera “los productores que deban trasladar ganado fuera de la provincia para garantizar su subsistencia, quedarán eximidos del pago a cuenta de Ingresos Brutos por el término de la emergencia”, explicó el funcionario. “Entre todos y todas, acompañamos al campo chaqueño en su recuperación”, agregó.

En los fundamentos, la resolución menciona los efectos en la provincia del fenómeno climático de “La Nina”, caracterizado por la escasez hídrica y elevadas temperaturas, ocasionando daños a la producción agropecuaria.

“Teniendo en cuenta los graves fenómenos climáticos, que causan daños considerables a la producción agropecuaria de la Provincia por la falta de agua y de pasturas suficientes para la alimentación, preservación y crecimiento del ganado, resulta necesario en muchos casos sacarlos fuera de la jurisdicción provincial, donde se puedan encontrar los elementos necesarios para su mantenimiento y supervivencia; razón por lo cual resulta conveniente suspender provisoriamente la obligatoriedad del pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10 por ciento -Ley 666-K, establecido en el artículo 11° de la Ley Tarifaria Provincial 299-F, para el traslado de ganado fuera de la jurisdicción provincial, a los contribuyentes de esta Administración Tributaria, encuadrados en tal situación”, indica el texto.

Más detalles

La Resolución 2146/23 de la ATP, con fecha 30 de enero de 2023, establece “la suspensión, por el termino de 90 días corridos, hasta el 30 de abril de 2023, del primer párrafo del artículo 11° de la Ley Tarifaria Provincial 299-F, texto actualizado, en ocasión del traslado de ganado fuera de la provincia, sin perjuicio de mantener vigente la obligatoriedad de confeccionar la guía prevista en el artículo 1° de la Resolución General 1656, según formulario SI 2506”.

Así, en virtud de lo resuelto, no se generará la obligatoriedad de efectuar el respectivo pago a cuenta del formulario SI 2505, para la salida de ganado fuera de la provincia del Chaco, hasta el plazo indicado.

Además, el plazo original de 90 días podrá ser objeto de prorroga según se observe la continuidad o no de los factores climáticos adversos que coadyuvaron a la declaración de la emergencia agropecuaria en la provincia.

En tanto, una vez concluida la fecha de vigencia de la emergencia agropecuaria, los contribuyentes tendrán un plazo de 90 días para justificar ante el organismo el destino dado al ganado trasladado fuera de la jurisdicción provincial, que no estuviera informado como venta en la correspondiente declaración jurada.

Por último, se aclara que la suspensión del pago a cuenta no alcanza al pago a cuenta por el servicio de flete que comprende al transporte interjurisdiccional o intrajurisdiccional establecido en el segundo párrafo del artículo 11° de la Ley Tarifaria Provincial 299-F.

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