Gremiales
Avasallando derechos

El FREPPACH rechazó pautas salariales acordadas por el Jefe de Policía Acuña

El FREPPACH manifestó su reclamo ante el avasallamiento de derechos establecidos en la legislación salarial vigente, provocando perjuicios económicos.

El Frente de Policías y Penitenciarios Autoconvocados del Chaco -FREPPACH- manifestó el rechazo de plano de las pautas salariales acordadas por el Jefe de Policía Ariel Acuña con el ministro de economía Santiago Pérez Pons, que fueran instrumentadas por el decreto N° 509/21, porque avasallan derechos establecidos en la legislación salarial vigente, provocan perjuicios económicos a los trabajadores policiales y no contemplan las legítimas reivindicaciones salariales del sector.

Los principales cuestionamientos son, en primer lugar, la metodología que utilizó el gobierno para imponer las pautas salariales: un acuerdo entre dos funcionarios que responden a la patronal, como Pérez Pons y Acuña, y la no convocatoria a reunión de la mesa técnica salarial a los legítimos representantes de los trabajadores policiales.

La mesa técnica salarial era un espacio de diálogo institucionalizado en el ámbito del ministerio de seguridad, articulado con el ministerio de economía, que funcionó desde 2010 hasta 2019 inclusive, y que se desactivó el año pasado por decisión del poder ejecutivo.

En segundo lugar, el Decreto N° 509/21 modificó porcentajes de suplementos establecidos por la ley del personal policial N° 178-J (antes ley 1134) y su reglamentaria ley N° 187-J (antes ley 1215), que establecen determinados topes en los porcentajes de algunos suplementos, los que fueron modificados en exceso, provocando achatamiento salarial en los sueldos líquidos y un evidente perjuicio económico al personal.

Por ejemplo, la ley N° 187-J (antes ley 1215) establece en el artículo 1°: a). 1) que el suplemento por “riesgo profesional” con alcance general “será equivalente a un porcentaje del sueldo básico del cargo de agente de policía, a ser determinado por el poder ejecutivo a propuesta de la jefatura de policía, no pudiendo ser inferior al veinte por ciento ni superior al cincuenta por ciento”. El decreto 509/21, en los artículos 1°, 4° y 6°, impone el 65 por ciento en marzo, el 70 por ciento en junio y el 75 por ciento en septiembre para este suplemento.

En el caso del suplemento por “dedicación especial”, el artículo 1°: b). 2) de la ley N° 187-J (antes ley 1215) establece “un máximo del treinta y cinco por ciento” sobre el sueldo básico del agente de policía, y el decreto 509/21, en los artículos 1°, 4° y 6°, impone el 40 por ciento en marzo, el 45 por ciento en junio y el 50 por ciento en septiembre para este suplemento.

El efecto de los aumentos impuestos por el poder ejecutivo en estos suplementos es un mayor achatamiento en el sueldo líquido o salario de bolsillo de todos los grados, desde Cabo a Comisario General, nivelando para abajo los sueldos y provocando retraso salarial e inequidad en la distribución a la masa salarial del sector.

Por otra parte, el artículo 2° del Decreto 509/21 estableció la creación de un nuevo concepto salarial como suma fija remunerativa de 2.000 pesos que produce achatamiento salarial, sin ninguna justificación ni fundamento.

Las pautas salariales imponen un exiguo 10 por ciento de aumento sobre el sueldo básico de cada grado, que sumado a los aumentos en distintos suplementos en cuestión, representan un aumento del 19 por ciento aproximadamente en el sueldo de bolsillo del agente de policía a partir de marzo, y a su vez menores porcentajes de aumento en otros grados. El aumento acumulado para todo el año para el agente sería del 29 por ciento, y de un porcentaje menor en algunos grados, cuando la inflación proyectada para este año sería del 50 por ciento, según estimaciones privadas.

De esta forma, este año los sueldos policiales volverían a perder poder adquisitivo frente a la inflación por quinto año consecutivo, arrastrando una caída del salario real catastrófica que condena a la mayoría de los policías en actividad y retirados a sueldos de pobreza e indigencia.

Piden convocatoria de la mesa técnica y reivindicaciones salariales

El jueves pasado militantes y adherentes del FREPPACH se manifestaron en la plaza 25 de Mayo frente a la Casa de Gobierno, y presentaron un petitorio de urgente convocatoria de la mesa técnica salarial del sector seguridad, para obtener explicaciones sobre las pautas salariales impuestas por el Decreto 509/21, y solicitar las correspondientes correcciones, pero no hubo respuestas del gobierno.

Asimismo presentaron el pliego de reivindicaciones para 2021 y ejercicios siguientes, que dista mucho de las pautas salariales acordadas, y que comprende los siguientes puntos:

1) Pago inmediato del 8 por ciento sobre el sueldo básico y eliminación del suplemento recargo de servicio, correspondiente a la segunda etapa del blanqueo salarial pendiente desde hace seis meses.

2) Programa de blanqueo total de haberes en el término de 18 meses a partir de este año, en consonancia con la política salarial del gobierno nacional implementada el año pasado para fuerzas militares y de seguridad, que incluya la eliminación de rubros no remunerativos y su incorporación paulatina en el sueldo básico de cada grado: bono pandemia de 5.000 pesos, suplemento refrigerio de 5.000 pesos y del complemento no remunerativo de 1.700 pesos, a valor actualizado neto de bonificaciones y retenciones en el grado de Agente, y a partir de este en forma proporcional al resto de los grados, respetando la estructura salarial vigente.

3) Rechazo de todo aumento a través de sumas en negro y/o sumas fijas (sean remunerativas o no), y que el haber del grado sea liquidado totalmente en blanco o sea con carácter de remunerativo, respetando la estructura salarial asociada a la carrera policial y penitenciaria.

4) Sueldo de bolsillo para el Agente igual o superior al costo de la Canasta Básica Total del INDEC, para una familia tipo de 4 integrantes, totalmente en blanco sin sumas en negro.

5) Reconocimiento de la pérdida del salario real sufrida entre 2017 y 2020, y recuperación del poder adquisitivo del salario en el término de 30 meses, que compense las pautas salariales impuestas por debajo de la inflación y de la variación nominal de recursos del Estado provincial.

6) Pauta salarial 2021 compatible con la pauta general que se otorgue para la administración pública provincial dirigida al sueldo básico de cada grado sin sumas en negro, ni sumas o conceptos fijos que achatan la estructura salarial vigente y perjudican a todos los trabajadores.

7) Cláusula de revisión de la pauta general de este año, al mes de diciembre de 2021, y el ajuste en el sueldo básico del grado a partir de enero de 2022, si la pauta salarial conformada resultara menor que la variación anual del IPC nivel general del INDEC.

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