Judiciales y Policiales
Fallo de la Cámara Tercera en lo Criminal

Condenaron por asociación ilícita a Horacio Rey y Gustavo Katavich

La Justicia condenó a Horacio Rey a la pena de cinco años y seis meses de prisión y a Gustavo Katavich a tres años, once meses y 24 días, por el delito de “asociación ilícita”.

La Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia condenó a Horacio Rey a la pena de cinco años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y ocho años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de “asociación ilícita en calidad de jefe” y a Gustavo Katavich a tres años, once meses y 24 días de prisión de cumplimiento efectivo y cinco años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de “asociación ilícita”. En el caso de Katavich se tuvo por cumplida la pena por el tiempo que lleva detenido.

La lectura de la sentencia de cesura 41/23 estuvo a cargo del tribunal conformado por las camaristas Lorena Padován, Natalia Kuray y Liliana Puppo. En la sala de audiencias también estuvieron presentes: Rey, la fiscal Graciela Griffith Barreto, y los defensores Nelson Pessoa y Francisco Romero Castelán (Rey) y Juan Carlos Saife (Katavich).

En tanto que Katavich asistió en forma remota, autorizado por el tribunal por cuestiones humanitarias, en virtud de los graves problemas de salud de un familiar. La sentencia de fue transmitida en vivo a través de canal de Youtube del Área de Prensa del STJ en: https://www.youtube.com/live/Twf8UM3ljyE.

Cumplimiento de lo dispuesto por Sala Penal del STJ

De esta forma, la Cámara cumplió lo ordenado por la Sala Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia del Chaco en el fallo 225/21 firmado por las juezas Iride Isabel María Grillo y Wilma Martínez como vocal subrogante.

En esa ocasión la Sala Penal el STJ hizo lugar parcialmente al recurso presentado por los defensores de Rey, declaró parcialmente nula la sentencia 34/21 y adecuó la nueva calificación legal condenado a ambos imputados de la siguiente manera: en el caso de Rey por el delito de “asociación ilícita en calidad de jefe” y en el caso de Katavich por el delito de “asociación “ilícita”. Así, el fallo de la Sala Penal respaldó la postura asumida por los fiscales Nélida Villalba, Lucio Otero y Graciela Griffith Barreto en los alegatos, quienes siempre persiguieron el delito de asociación ilícita.

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