Judiciales y Policiales
Transporte público de pasajeros

No se podrá aumentar el boleto hasta que se resuelva un amparo presentado

Por ahora el precio del boleto de colectivos urbanos seguirá a $4.

El juez Julián Flores, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 21, decretó este miércoles la medida cautelar innovativa solicitada por la Defensoría del Pueblo y ordenó a la Municipalidad de Resistencia y al Concejo Deliberante que suspendan los efectos de la audiencia pública celebrada el 17 de abril de 2015, hasta que se cuente con la información pertinente e idónea para realizar una nueva.

Dicha información será recabada en el proceso principal de esta causa: la acción de amparo presentada en la misma fecha que la cautelar. Respecto a esto, el juez ordenó también que "se arbitren los recaudos necesarios para que este proceso se desarrolle con mayor celeridad", apoyándose en el objetivo de no desnaturalizar la garantía constitucional prevista en el artículo 19 de la Constitución Provincial y en el Ley Provincial N°4297.

“Esto confirma el desorden administrativo y la falta de cumplimiento del municipio con el espíritu de la audiencia pública, que consiste en informar en forma adecuada y veraz a la población sobre la composición la tarifa”, remarcó al respecto el ombudsman, Gustavo Corregido.

En relación a esto, el juez Flores concluye en el expediente que la presunción de legitimidad del acto administrativo cuestionado, “se debilita y se torna improcedente su ejecutoriedad” al tratarse de una Audiencia pública cuestionada antes de su realización, tal como lo pudo constatar el magistrado al revisar la actuación N° E47-2015-156.

A la vez, el juez realiza un planteo sobre el incremento superior al 20 por ciento de las tarifas que venían rigiendo para el transporte urbano y se pregunta si “se podrá reparar el perjuicio que ocasionaría a los bolsillos de miles de usuarios, la mayoría de ellos trabajadores de estado, estudiantes, jubilados”. Según aclara, este cuestionamiento surge en base a la información que difunden los medios, dónde “el mismo Estado-empleador oferta un incremento del 12 por ciento en las remuneraciones de los trabajadores”. En relación a esto es que él considera “cumplido el requisito del prejuicio irreparable para la procedencia de esta cautelar”, teniendo en cuenta que en base a los porcentajes planteados, se afectaría la economía familiar cotidiana “teniendo que destinar buena parte de sus emolumentos para pagar solamente por el servicio de transporte”, indicó.

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