Correo de Lectores
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Miguel Conde Olgado: "ícono de lucha por los derechos de los trabajadores"

El cartero de NOVA (Dibujo: NOVA).

Por Roberto Espinoza

El 15 de abril de 1999, en el tramo final del menemismo en el país y en plena etapa rozista en la provincia, un trabajador de la empresa estatal de energía (SECHEEP) fue echado sin miramientos, pese a tener todavía vigente sus fueros gremiales. Ese momento no significó, como cualquier mortal hubiera pensado, el fin de un ciclo. Muy por el contrario, fue el comienzo de algo: La indeclinable lucha de Miguel Benito Conde Olgado y su carpa. Desde ese entonces pasaron promesas de políticos en campaña-incumplidas todas-, quedaron en el camino bastoneros que ahora miran al estoico general de las causas perdidas desde el cielo. Irrevocablemente la carpa de SECHEEP es la representación de todas las luchas llevadas a cabo en defensa de los derechos de los trabajadores.

Tal vez la definición más cruda y sincera sobre este caso de injusticia lacerante fue la que me dio una vez el diputado provincial por Libres del Sur Carlos Martínez, cuando visitó el estudio de Radio Resistencia para participar del programa “Palabras Encontradas” y notó la presencia de Conde Olgado. “Se me cae la cara de vergüenza cada vez que observo a Miguel en su lucha y que todavía no se lo reivindique”, dijo Martínez. Esa conducta execrable que marcaba el diputado no era autorreferencial. Era la muestra de lo que deberían sentir todos los dirigentes políticos y gremiales ante el símbolo viviente que simboliza Conde Olgado respecto de la vulneración virulenta de los derechos laborales. Algo que la gran mayoría de la dirigencia prefiere no contemplar, y mucho menos reparar.

Esa lucha denodada tiene otra fecha emblemática: El 12 de Julio del 2000, que fue el momento en el que Conde Olgado, ayudado por otros quijotes, decidió instalar la carpa frente al mismo sitio administrativo de SECHEEP, en la céntrica calle Sáenz Peña. "Me echaron por denunciar y enfrentar a la corrupción de la empresa. El hecho de sacar a la luz el vaciamiento de la empresa estatal, como la recurrente tercerización de los servicios, y la intencionalidad solapada de privatizarla, fueron las causas principales de mi despido”, recordó Conde Olgado.

Pese a las promesas políticas de campaña, allá por mediados del 2007, cuando el entonces aspirante a la gobernación chaqueña Jorge Capitanich visitó la Carpa, el caso sigue sin resolverse. Ya en pleno mandato, el montenegrino manifestó hace un par de años respecto del reclamo de Conde Olgado que el "poder Ejecutivo tiene una amplia voluntad de resolver el conflicto pero tenemos que ser estrictamente respetuosos de la Ley y él (por Conde Olgado) no debe tener una postura irreductible. Una negociación entre partes implica que cada una debe ceder y ajustarse a derecho”. Conde Olgado refutó al mandatario: "¿Por qué debo ceder cuando tengo dictámenes del poder judicial, de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Chaco que me dan la razón en mi larga lucha? ¿Por qué debo claudicar cuando la verdad está de mi lado? ¿Debo ceder a mis derechos que fueron violentados al ser despedido por llevar adelante reclamos gremiales?”

A pocos días de retomar la titularidad del ejecutivo provincial, cuando regresó de la odisea que representó el cargo de la Jefatura de Gabinete de la Nación, Capitanich volvió a prometer que el tema Conde Olgado tendrá una inminente reparación. Fue cuando el mandatario explicó el 9 de marzo en la Casa de las Culturas de Resistencia los fundamentos que lo llevaron a impulsar la intervención de la empresa estatal de energía. Un detalle que no puede ser soslayado es que esos argumentos vertidos por el gobernador, fueron casi calcados a las recurrentes denuncias de desmanejos de SECHEEP que vino realizando Conde Olgado desde el 2000 a esta parte.

Breve repaso de como evaluaron distintos organismos la causa Conde Olgado

El 12 de mayo del 2004 la Cámara Laboral número II, conducida por la jueza Nora Fernández de Vecchietti, sentenció que los funcionarios de SECHEEP violaron la tutela o protección sindical del trabajador en su condición de delegado. Declaró nulo el despido. En julio del 2005, aquel fallo fue ratificado por la Cámara de Apelaciones del Trabajo, estableciendo que la empresa dañó moralmente a Conde Olgado. Esta sentencia de segunda instancia es de sumo valor ya que modificó el encuadramiento jurídico del conflicto. El Tribunal determinó que los funcionarios de SECHEEP al despedirlo, desplegaron hacia el trabajador conductas injuriantes contra la dignidad de una persona y a la vez de un representante gremial.

El 12 de julio de 2005, los titulares de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo del Chaco, Martha Rodríguez de Dib y Osvaldo Verón, fallaron favorablemente para el trabajador despedido y afirmaron que "los derechos de Conde Olgado fueron vulnerados”. También la lucha que lleva adelante Conde Olgado contó con el apoyo de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia-estaba presidida por el ahora diputado Carlos Martínez-, quien sentenció el 3 de Marzo del 2008 que "debe ser reincorporado de inmediato a la compañía energética al darse una clara y manifiesta violación sistemática de sus derechos humanos”.

El 12 de Junio de 2008 la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco se expidió en pleno, promoviendo a las partes SECHEEP & Conde Olgado a solucionar el problema conforme la constituciones nacional y provincial, la legislación vigente, el fallo de la justicia y la resolución de la Subsecretaria de Derechos Humanos.

También el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chaco, en diciembre del 2010, emitió un dictamen a través del Informe 20/2010, en el que determinó que corresponde el reingreso de Conde Olgado a su puesto de trabajo, de acuerdo a la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (caso María Cristina Madorrán).

El caso Conde Olgado es compatible con la causa Madorrán

La Corte Suprema de Justicia reconoció que los empleados públicos tienen derecho a la estabilidad propia en el empleo, por lo cual no pueden ser despedidos sin justa causa, ni siquiera mediante el pago de una indemnización. Si el trabajador es dejado cesante sin causa justificada puede pedir que lo reincorporen a la administración pública y el pago de los salarios caídos. La única posibilidad que tiene el Estado de despedir a uno de sus empleados es luego de sustanciarle un sumario administrativo y de demostrar que hay justa causa de despido.

El artículo 14 bis de la Constitución dice que ésta garantiza la "protección contra el despido arbitrario y la estabilidad del empleo público". En el primer caso, se refiere a que los trabajadores del sector privado pueden ser despedidos, con el pago de una indemnización, a diferencia de los empleados públicos, que sólo pueden ser despedidos si hay justa causa para la cesantía.

La Corte, presidida por Ricardo Lorenzetti, dictó el fallo en la causa promovida por Marta Madorrán, que trabajó desde 1970 en la Aduana hasta que fue dejada cesante, en noviembre de 1996. Madorrán debe ser reincorporada y podrá cobrar todos los sueldos devengados desde ese año.

A pesar de los fallos de la justicia provincial y nacional, Conde Olgado sigue sin ser reincorporado a SECHEEP. Sigue siendo víctima de una discriminación continua y que nadie puede ni debe desentenderse.

El ahora venerado por toda la dirigencia política argentina, Papa Francisco dijo hace poco que “¡Ninguna familia sin vivienda! ¡Ningún campesino sin tierra! ¡Ningún trabajador sin derechos! ¡Ninguna persona sin la dignidad que da el trabajo!”. Sería interesante que en lugar de citarlo o visitarlo, cumplan con su mensaje.

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