Judiciales y Policiales
Curioso fallo del Superior Tribunal de Justicia

Exministro de Rozas condenado después de dos décadas, pero no irá preso

Jorge Humberto Romero, exministro de Salud del radical Ángel Rozas, hoy aliado a Mauricio Macri, no irá a prisión porque la condena es “en suspenso”.

Cuando se dice que la Justicia es lenta, este es uno de los casos: Jorge Humberto Romero fue encontrado culpable este lunes por la Justicia provincial por defraudación a la administración pública en la causa Profe, en la que se desviaron fondos nacionales destinados a los sectores más vulnerables a una cuenta personal del exministro de Salud Romero. Sin embargo, el exministro del radical Ángel Rozas, hoy aliado a Mauricio Macri, no irá a prisión porque la condena es “en suspenso”.

Romero fue condenado por hechos de corrupción cometidos durante su paso como funcionario del exgobernador Rozas, entre los años 2000 y 2002, durante el gobierno de la Alianza Frente de Todos. La Sala Unipersonal Nº 3 de la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, a cargo de la jueza Gloria Beatriz Zalazar, dictó sentencia el pasado 9 de noviembre en la causa relacionada con el Programa Federal de Salud (PROFE).

El tribunal condenó al imputado Jorge Humberto Romero como autor penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en función con administración fraudulenta (diez hechos) en concurso real (art. 174, inc. 5° en función del art. 173 inc. 7 y 55 del c.p.) a la pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua (conforme lo previsto en el último párrafo del art. 174 del c.p.).

Además, en atención a lo normado por el art. 27 bis del C.P., impuso por el término de dos años, las siguientes reglas de conducta: 1) Fijar residencia de la que no podrán ausentarse sin autorización previa del Tribunal; 2) Abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas; 3) No cometer delitos. Todo ello, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena impuesta y el deber de cumplirla efectivamente.

Los hechos

La causa se refiere a un hecho ocurrido durante 2001 donde en distintas oportunidades funcionarios del Ministerio de Salud Pública del Chaco habrían realizado maniobras ilícitas en relación a la compra de medicamentos e insumos hospitalarios que eran supuestamente destinados a hospitales y beneficiarios de las localidades de Juan José Castelli, Sáenz Peña, Gral. San Martín y Villa Ángela por los cuales hubo una erogación de sumas de dinero en perjuicio del estado provincial que dan cuenta en diez facturas.

El fallo menciona que tras el control efectuado por el Tribunal de Cuentas se “detectó la existencia de diversos pedidos de compras de medicamentos e insumos hospitalarios que fueron efectuados por distintos hospitales a través de notas de adquisición, advirtiéndose que dichas notas adolecían de ciertas falsedades ideológicas como ser los sellos de dichos hospitales y las firmas sin aclaración de las personas que efectuaban esos pedidos”.

Además, en relación a los pacientes -supuestos beneficiarios de los medicamentos e insumos- aclara que “no se adjuntaban sus historias clínicas u otras documentaciones que justificaran la necesidad de recepcionar tales beneficios”. También señala que se verificó la inexistencia de pedidos de insumos, ya que tanto los directores, personal médico e inspectores de zona manifestaron su desconocimiento como así también de las firmas y sellos insertos en los mismos.

En conclusión la jueza sostuvo que “las erogaciones realizadas no encuadran en la normativa por no estar acreditada la necesidad de los pacientes. Se fraguaron presupuestos, facturas con numeración dudosas, notas de pedidos con firmas y sellos falsos, las necesidades supuestas de pacientes supuestos, por lo que lógicamente nadie recibió los bienes que se habrían adquirido, con todo se tiene fehacientemente determinada la existencia de la maniobra ilícita del fraude a la Administración Pública”.

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