La Provincia
¿Qué se cambió?

Reglamentaron funciones del Registro Centralizado de Adoptantes

El STJ reglamentó las funciones del Registro Centralizado de Adoptantes en el trámite de inscripciones de postulantes con guardas con fines de adopción.

El Superior Tribunal de Justicia, a través de la resolución 394/19, reglamentó las funciones del Registro Centralizado de Adoptantes en el trámite de inscripciones de postulantes con guardas con fines de adopción a partir de la puesta en vigencia desde el 1 de febrero de este año del nuevo Código Procesal de Niñez, Adolescencia y Familia del Chaco (ley 2.950-M).

Cambios

De esta manera modificó los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 del reglamento del RCA en sus partes pertinentes.

Asimismo determinó que, desde el 7 de mayo, el Registro efectuará las inscripciones de con domicilio real dentro de la primera circunscripción judicial, en tanto que para los postulantes con domicilio real en las restantes circunscripciones, coordinará sus actividades a través de los Juzgados de Paz de las ciudades cabeceras.

Por otra parte modificó el formulario de solicitud de inscripción y aprobó el formulario para equipos interdisciplinarios (pautas de evaluación aspirantes a adopción).

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