Judiciales y Policiales
Justicia buena contra la Justicia trucha

Sabadini pidió investigar a la jueza Pereyra por prevaricato, encubrimiento agravado y abuso de autoridad

El Fiscal Sabadini viene demostrando ser la esperanza de Justicia en el Chaco.

El Fiscal Sabadini pidió requisitoria contra la Juez de Garantías N°1 de la ciudad de Resistencia, la Dra. María de las Mercedes Pereyra y contra toda otra persona que haya actuado en carácter de co-autor, cómplice o encubridor en los hechos que se describirán y cuya individualización surja del curso de la investigación.

Todo esto como consecuencia de las medidas tomadas por la mencionada juez, cuando el juzgado de Garantías N°1 dejó sin efectos la detención del intendente Nievas y la causa “Nievas Oscar Alberto S/ HABEAS CORPUS”- Expte. N° 42390/2018-1 , donde a través de la Sentencia N° 314/2018 de fecha 23 de noviembre de 2018 resolvió dictar auto de Habeas Corpus a favor de Oscar Alberto Nievas, entonces intendente de la ciudad de Juan José Castelli, dejando sin efecto toda orden de detención que recaiga sobre el mencionado.

Estas y posteriores medidas que argumentó la Dra. Pereyra fueron motivos para que el fiscal federal Patricio Sabadini interprete que pretendió “dejar sin efecto la orden de detención dispuesta a su respecto por la Juez Federal de Primera Instancia N°1 Dra. Zunilda Niremperger, en autos: “Hipperdinger Jose Hector, Heffner Lorenzo, Hipperdinger Hector Adrián, Gimenez Rosana e Hipperdinger Adriana Alejandra S/ INFRACCIÓN ART. 303 DEL C.P.” Expte N° FRE 2760/2018, de su registro, en los cuales se investiga al intendente de la localidad de Juan José Castelli en orden a la presunta comisión de los delitos de Lavado de dinero agravado por habitualidad, ser miembro de una banda y funcionario público, en calidad de autor (art. 303 del Código Penal, con la agravante prevista por el art. 303 inc. 2), apartados a) y b) del Código Penal), Asociación ilícita (art 210 del CP), en calidad de autor (pertenencia), Enriquecimiento ilícito (art 268 CP), en calidad de autor, Malversación de caudales públicos (art 260 CP), en calidad de autor, Fraude en perjuicio de la administración pública (art 174 inc. 5) CP), en calidad de autor e Incumplimiento de deberes de funcionario público (art 248 CP), por los cuales se encuentra imputado y fue indagado.

Por lo cual el fiscal federal bajo estas “hipótesis presuntamente delictivas” entendió que ameritan el inicio de una investigación y bajo las figuras penales de “abuso de autoridad”, prevista por el artículo 248 del Código Penal, “prevaricato”, previsto por el artículo 269 del Código Penal, y “encubrimiento agravado por ser el hecho precedente especialmente grave, con una pena mínima superior a los tres años de prisión y por la calidad de funcionario público del autor”, contra la Dra. María de las Mercedes Pereyra en calidad de autora, todo ello sin perjuicio que en el curso de la pesquisa pudiere resultar un compromiso en orden a otros tipos penales.

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