Resistencia
Secretaría de Gobierno del Municipio

El 2 de octubre se cierra la presentación de listas para la elección de Comisiones Vecinales

La consulta de padrones provisorios ya está disponible en la página del Municipio (www.mr.gov.ar).

Desde la Secretaría de Gobierno del Municipio de Resistencia se anunció que las elecciones de Comisiones Vecinales se realizarán el 4 de noviembre. En este contexto se deberán presentar las listas correspondientes y la fecha de presentación expira el 2 de octubre. La consulta de padrones provisorios ya está disponible en la página del Municipio (www.mr.gov.ar).

El subsecretario de Regulación y Fiscalización, Gustavo Cicik señaló que el lugar del sufragio será definido por cada Junta Electoral Vecinal. Se elegirán por un período de dos años, 7 integrantes titulares y 3 suplentes a saber: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres vocales titulares y tres vocales suplentes por cada comisión vecinal y cada barrio.

¿Qué es una Comisión Vecinal?

Es la organización comunitaria que nuclea y representa a la totalidad de los vecinos residentes en la delimitación geográfica de un determinado barrio, villa o asentamiento, con más de 100 habitantes. Entendiendo por vecinos: a toda persona que habita un mismo barrio.

Para el caso de los barrios, villas o asentamientos no reconocidos catastralmente, los vecinos podrán peticionar al ente competente la delimitación territorial a efectos de determinar la jurisdicción de su acción.

¿Cuáles son las funciones de una Comisión Vecinal?

1. Representación: de los vecinos del barrio con el Municipio.

2. Actividad: se orienta a procurar la unidad y armonía del vecindario y el entendimiento y colaboración mutua con otras Comisiones Vecinales.

3. Objetivo: constituir nexos para colaborar en la solución de problemas fundamentales con la Gestión Municipal.

Mandato

Los integrantes de las comisiones vecinales duran en sus mandatos 2 años, pudiendo ser reelegidos un período más.

¿Cuándo caduca una Comisión Vecinal?

1. Cuando la comisión no haya realizado ninguna actividad en un plazo de 6 meses.

2. Cuando se constatare violaciones graves a la Ordenanza y sin que se haya regularizado su situación.

3. En caso de acefalía total de la Comisión Directiva.4. Cuando se omita el cumplimiento de los puntos anteriores.

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