Opinión
Lavado III

El nudo que ata a los que debieron construir 641 viviendas populares en J.J. Castelli

Otra vez el Centro Mandela indaga y profundiza su análisis en una causa por supuesto lavado de activos y graves hechos de corrupción.

Por Centro de Estudios Mandela

La pequeña localidad de Villa Río Bermejito nunca hubiera podido ser el escenario para el crecimiento millonario patrimonial de la dupla que integraron José Hipperdinger y el intendente Lorenzo Heffner. El negocio de la construcción de viviendas populares finalmente se multiplicó en otras ciudades y localidades ubicadas en el territorio camino a El Impenetrable. Incluso, es posible que algunas maniobras hubieran aterrizado en el Gran Resistencia, según la causa Lavado III.

Juan José Castelli fue el salto a gran escala que permitió exportar desde Bermejito un espurio modelo de negocios que estaba saturando en esa localidad. En la ciudad portal de El Impenetrable explotó la escala del negocio organizado por José Hipperdinger y Cía. aunque hasta ahora no están definitivamente delimitados los alcances por el extraordinario volumen de las operaciones y por la cantidad de personas involucradas, algunas de las cuales son importantes referentes de la política provincial.

La pieza fundamental para la expansión del modelo de negocios iniciado en Bermejito fue el intendente de Castelli, Oscar Alberto Nievas, ahora con pedido de detención por parte de la Justicia Federal y con un expediente en trámite para que el Concejo Municipal lo despoje (o no) de las inmunidades de las que goza.

Nievas ensayó una intensa defensa en las redes sociales y en varios medios de comunicación, pero no alcanzó a despejar ninguna de las imputaciones que tuvo en cuenta la Justicia Federal para acusarlo de lavado de dinero y otros delitos comunes.

A excepción de los empresarios con los que mantuvo una presunta sociedad ilícita, según el convencimiento de la juez Niremperger, la gran mayoría de los beneficiados o perjudicados por los negocios mantienen con Nievas una relación de poder en la que el intendente es el vértice y casi todos los demás son subalternos. Las repercusiones en las redes sociales corporizaron esta realidad. Hay una fuerte división entre los que propugnan sin condiciones “estamos con vos Beto” y los que reclaman “cárcel”. De una u otra manera tiene poder sobre los que están a favor y los que no lo apoyan.

16 convenios para construir 641 viviendas por el sistema de cooperativas

J.J. Castelli celebró 16 convenios con la Secretaría de Obras Públicas que manejaba el rutilante funcionario José López, el de los famosos bolsos que intentó guardar en un supuesto convento. A través de esos convenios debían ejecutarse 641 viviendas con la condición de que debían construirse a través de cooperativas de trabajo para incentivar el empleo local y evitar el propósito de lucro de los empresarios de la construcción.

El intendente Nievas debía convocar a las cooperativas para la construcción de las viviendas, en muchos casos con intervención del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda (IPDUV). El jefe comunal no llamó a las cooperativas locales, salvo una excepción. Por el contrario, adjudicó la construcción de prácticamente todas las viviendas a la Federación de Cooperativas de Trabajo de El Impenetrable Chaqueño, cuyos verdadero dueño era José Hipperdinger, mientras que su hijo Adrián actuaba como apoderado. Esto está suficientemente probado en el expediente federal. En la Federación no se debatía porque allí no funcionaba la democracia, sino que simplemente mandaban los Hipperdinger con la lógica de los negocios montados para obtener los mayores beneficios económicos posibles. Aplicaron la vieja lógica extractiva y concentradora de riquezas que es soberana en El Impenetrable para pocos. La contracara es la pobreza generalizada.

La extraordinaria dimensión de la obra pública planeada para Castelli, según se afirma en la Justicia Federal, hizo que la Federación de Cooperativas no pudiera construir tantas viviendas porque no tenía capacidad operativa. Esto quizás no fue casual, sino la excusa para que la Federación cediera la construcción de las viviendas a la empresa JOA S.H., de José y Adrián Hipperdinger. Esa cesión estaba prohibida y todos lo sabían porque el plan de viviendas denominado “Programa Federal de Integración Socio Comunitaria” contemplaba en su concepción la generación de fuentes de trabajo y no el lucro empresario. Por eso es que el programa referido auspiciaba la construcción de las casas a través de cooperativas.

El nudo que ata a los responsables y ganadores de los negocios

El nudo gordiano (el nuevo soberano entraría acompañado de un cuervo en su carro) justamente radicó en la ilegal cesión de derechos que realizó la Federación de Cooperativas a favor de la empresa de los Hipperdinger, quienes a su vez sub-contrataban a contratistas para la construcción de las viviendas. Pero la investigación iniciada por el fiscal Patricio Sabadini y el pronunciamiento de la juez Zunilda Niremperger comprueba una complejidad mayor en la que todo el proceso de adjudicación, contratación, ejecución y pago del precio de la totalidad de las viviendas investigadas giran en torno al intendente y los Hipperdinger, y los comprometen.

Nievas no puede desatar y tampoco cortar el nudo gordiano, porque o no comprende el tamaño de la acusación en su contra o trata de minimizar ese alcance para bajar el impacto público del caso y permanecer protegido por las inmunidades constitucionales.

Comprometidos por su propia documentación

La situación del intendente se complicó en extremo, fundamentalmente a partir del informe que presentara en el Juzgado Federal. La documentación que aportó en la causa Lavado III fue marcadamente inconsistente, parcial, errónea y hasta probablemente falsa

Según ya tiene probado la juez Niremperger, el intendente de Castelli entregó un contrato de cesión de derechos y acciones del día 13 de abril de 2015 que fue celebrado entre el presidente de la Federación de Cooperativas del Impenetrable Chaqueño LTDA, un vecino de Villa Río Bermejito llamado Antonio Daniel Estrada y el socio de JOA S.H. Adrián Hipperdinger. La cesión se materializó por el 100% del total de la obra denominada “100 viviendas rurales y aborígenes”, por un total de 33.950.000 pesos. Curiosamente, se autorizó a la empresa JOA S.H. a subcontratar la ejecución de esta obra. Ese contrato se dio en el marco del Acuerdo N°635 (“Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales”), que fue celebrado el 30 de marzo de 2015 entre la Nación, el IPDUV representado por su presidente Sebastián Agostini, y el intendente Nievas. Contemplaron la construcción de 100 viviendas.

Lo más llamativo, además de que no se debía autorizar esa cesión de contratos, es que se constató un terreno baldío en el lugar en donde debían haber construido las viviendas. El terreno está ubicado en las coordenadas “latitud 25°57’27” S longitud 60°37’42” O”. Por orden judicial un equipo externo de Gendarmería Nacional constató en el terreno que allí no se construyeron las casas. Los resultados de la constatación tienen mucha validez y eficacia probatoria para poner en evidencia que las casas no fueron construidas, por lo que se está ante la posibilidad de comprobar que se habría organizado un fraude contra el Estado que dañó patrimonialmente las finanzas administradas por el gobierno nacional de la época.

Como argumento posible, los involucrados quizás expliquen que las viviendas no construidas fueron “relocalizadas”, práctica que el Instituto de Viviendas adoptó en otras construcciones. Sin embargo, en el expediente del Acuerdo Nº 635 (construcción de 100 viviendas) no surge que las casas fueron re-localizadas “ni tampoco hay motivos que habrían justificado una posible localización” distinta a la prevista en el Programa.

Simplificación de los argumentos del intendente

En el descargo público que hizo el intendente Nievas se refirió a la imputación del fiscal. Es probable que no haya sabido hasta ese momento el pronunciamiento dictado por Niremperger ordenando su detención, como también de dos hijas de José Hipperdinger. El intendente dijo “la imputación del fiscal federal Patricio Sabadini tiene que ver tan solo con uno de 16 convenios celebrados para la construcción de viviendas. Desde la Nación se enviaron fondos para construir 100 viviendas por cooperativas y se le adjudicó a una cooperativa, que luego por problemas administrativos y fiscales cedió el contrato a una empresa. Ese acto, que no fue rechazado por el Municipio, lo lleva a presumir al fiscal que era un modo anormal de procurarse la ejecución de viviendas en contra del régimen de contrataciones”.

Era obvio que el intendente tiene derecho a defenderse y a hacer parcial para beneficiarse ante la opinión pública, mucho más cuando que lo que se investiga es el posible manejo irregular de fondos públicos nacionales. Las imputaciones van mucho más allá que la cesión ilegal de una obra por parte de una cooperativa a una empresa. Los posibles ilícitos que se investigan son más graves, aunque tienen su punto de partida en las cesiones de derechos que beneficiaron a JOA S.H.

El intendente conoció o debió conocer que los Hipperdinger estaban de los dos lados del mostrador, o sea manejando la Federación de cooperativas y la empresa beneficiada. En esencia, organizaron un negocio redondo. Además, las 100 viviendas no fueron construidas, a pesar de lo cual fueron certificadas por el Municipio y el IPDUV, quienes certificaban el avance de la construcción de las viviendas en el terreno que hasta ahora permanece baldío.

Otra de las cuestiones que admite el intendente es que en el trámite de adjudicaciones “quizás un esposo y esposa pidieron por separado viviendas y se le haya adjudicado a ambos”. Existe una distancia sideral entre una avivada de un par de esposos y las pruebas que están en la causa federal. Sólo a modo de ejemplo, en el fallo de la juez se señalan 40 tipos de irregularidades, que fueron corroboradas a través de la constatación que realizó personal de la Gendarmería Nacional, que no sólo comprobó irregularidades repetidas en las adjudicaciones, sino también graves deficiencias constructivas, tanto por las calidades de los materiales utilizados y de la mano de obra, como también por la falta de terminación de las viviendas.

El intendente cobraba los cheques de las empresas

El intendente Nievas intentó justificar los delitos por los que será encausado, especialmente en lo relativo a la administración de los fondos nacional y el destino que diera a esos recursos. A esta altura de los acontecimientos vale resaltar que sobre un total de más de 600 viviendas adjudicadas y para ser construidas, los pagos se destinaron a cooperativas o empresas manejadas por José y Adrián Hipperdinger.

Dijo Nievas sobre el sistema de pago que tenían previstos algunos de los convenios “fue una operatoria siempre avalada por el Tribunal de Cuentas: se libraba un cheque de una cuenta del municipio, se cobraba el cheque por el secretario de Finanzas y se le pagaba a la cooperativa o representante, que otorgaban los recibos y constancias pertinentes. Es un mecanismo admitido por el propio ente de contralor”. Flojo el argumento y fue un mecanismo calcado de lo que hacía Lorenzo Heffner en Villa Río Bermejito. El sistema de registración del Sector Público, que incluye a municipios, determina que cuando se paga con fondos públicos debe realizarse a través de cheques nominados a favor del contratista, proveedor o prestador.

En los cheques figura la leyenda: “páguese a Héctor Adrián Hipperdinger o Municipalidad de J.J. Castelli” para su posterior presentación ante la entidad bancaria. En el dorso de los cheques figuran las firmas de Nievas y su director de finanzas Julio Romero. Es posible que el propio Nievas haya concurrido al banco a retirar el efectivo, lo que genera sospecha de posibles irregularidades. Incluso una funcionaria municipal afirmó que el intendente, junto a Adrián Hipperdinger, retiraron bolsos con dinero de la Municipalidad.

Niremperger tomó en cuenta en su pronunciamiento que “en cuanto a la mecánica de cobro expuesta se refleja la consolidación de un sistema de pagos de imposible auditoria o seguimiento posterior puesto que atenta contra cualquier tipo de principio básico en materia de transparencia institucional que el Municipio libre un cheque pagadero al mismo Municipio que lo emite y que su cobro sea efectuado por las autoridades que así lo disponen, cuando su destino final debiera ser otro”.

De todas maneras, la Justicia logró básicamente reconstruir la ruta del dinero a partir de información bancaria y detalló que dos de esos cheques fueron cobrados en efectivo por el intendente Nievas. Cobró 500 mil y 2 millones de pesos, el mismo día de cada operación se depositó el dinero en efectivo en la cuenta de JOA S.H., sucursal Castelli del Nuevo Banco del Chaco. El primer depósito fue por un total de 500 mil pesos. El segundo fue de apenas 245 mil. Falta saber qué ocurrió y qué destino se dio al saldo de $1.750.000 restante.

Plazos infinitamente flexibles

La investigación judicial también encontró discrepancias en los controles de avances de obras. El punto es especialmente importante por cuanto contra esos avances supuestamente certificados se realizaban las transferencias de dinero.

El caso tomado como ejemplo por la juez Niremperger fue precisamente el Barrio de 100 Viviendas que la Federación de Cooperativas cedió a la empresa JOA S.H. y que Gendarmería Nacional no encontró cuando concurrió a las coordenadas informadas por la Municipalidad de Castelli.

En función de la documental recabada de la Municipalidad de Castelli y del IPDUV surge que el 1° de abril del 2015 se celebró el convenio de ejecución de obra entre el Municipio de Juan J. Castelli y la Federación de Cooperativas del Impenetrable Chaqueño LTDA., representada por Estrada, estableciendo un plazo de obra de seis meses a partir del inicio de la misma. Exactamente trece días después, la “Federación” cedió la ejecución de la obra a la empresa JOA S.H.

En mayo de 2015 la empresa recibió fondos en concepto de anticipo de obra por un monto de 6.790.000 pesos. Recién el 17 de agosto, de acuerdo a datos del IPDUV, comenzaron a construir viviendas. La demora de tres meses para el inicio de obra no parece una casualidad. Es que el plazo de ejecución de esas 100 viviendas era de 6 meses.

Pese a todo, el 9 de diciembre de 2015 el IPDUV confeccionó un acta de paralización de la obra “en virtud de la situación financiera planteada a partir de la interrupción del envío normal de las partidas presupuestarias por parte de la Secretaria de Vivienda de la Nación, lo que impide al Instituto abonar los certificados en tiempo y forma incidiendo negativamente en el desarrollo de las obras y en el cumplimiento de los planes de trabajo contractuales”.

Ya durante el gobierno de Mauricio Macri se retoma el envío de fondos. Se registraron pagos por $6.790.000,00 (26/02/2016), $6.790.000,00 (16/05/2016), $6.790.000,00 (26/07/2017) y $14.134.900 (27/07/2017). Pese a que ingresaron esos fondos recién el 11 de diciembre de 2017 se “formalizó el reinicio” de los trabajos.

El 13 de diciembre de 2017 se firmó una Adenda. La nueva cláusula que se agregó al contrato de obra firmado entre el IPDUV y el Municipio de Juan José Castelli “readecuó el monto contractual” originalmente previsto. El precio fue elevado en $17.668.625 más, por lo que el monto total actualizado fue de $51.618.625. Establecieron un nuevo plazo de tres meses para la finalización de obra. Sin embargo, antes de la Adenda ya se habían transferido fondos por $41.294.900 desde la Nación con destino al IPDUV. En el 27de julio de 2017 se efectuó la última transferencia, que en total significó una cifra superior en $7.344.900 al precio total previsto en el contrato originario firmado en el 30 de marzo 2015, que era de $33.950.000.

O sea que se habían pagado fondos superiores al valor pactado por la obra antes de que se firmara la Adenda. Es más, recién el 28 de marzo de 2018 el intendente Nievas dictó la Resolución N°226/18 por medio de la cual aprobó el convenio de colaboración y Adenda N°1, firmado entre el IPDUV y la Municipalidad de Juan José Castelli. Recién el 3 de mayo de 2018 se celebró un acuerdo entre Municipalidad de Castelli y la empresa JOA S.H., representada por Adrián Hipperdinger, quienes adhirieron a la Adenda.

La obra debió haber sido terminada el 17 de febrero de 2017, es decir seis meses después del inicio de los trabajos o en todo caso el 13 de marzo de 2018, tres meses después de la firma de la Adenda.

Contradicciones en las inspecciones sobre la misma obra

Para la Justicia Federal son sospechosas las “serias discordancias en cuanto a la información aportada sobre el mismo Acuerdo N°635 entre el Municipio de Juan José Castelli y el IPDUV”.

Sobresale que el intendente Oscar Alberto Nievas aportó un informe que se suponía integral del estado de situación de los programas al 31 de agosto de 2018. Afirmó que la obra de 100 viviendas “se ha ejecutado en un porcentaje de aproximadamente el 40% de las viviendas” y aclaró que no se habían terminado “primero por la falta de envío de fondos y el desfaje (mas inflación) que ha desactualizado los precios del costo de las viviendas, por lo que se requirió una Adenda que fuera otorgada y firmada con el Instituto de Desarrollo Urbano y Viviendas de la Provincia reconociendo mayores fondos para avanzar con el citado convenio. Debo aclarar que a la fecha nuevamente el costo de las viviendas –debido al período inflacionario que padece el país se han desactualizado”.

De acuerdo a los desembolsos, para el 11 de diciembre de 2017, fecha cercana a la firma de la Adenda y al reinició de los trabajos, el barrio fantasma de 100 viviendas debía tener un avance del 35,22% del total de obra al 9 de diciembre de 2015. De acuerdo al informe que Nievas entregó al juzgado para agosto de 2018 se logró un mínimo avance extra de 4,78%”. El IPDUV tiene otros datos. Quince días después del informe que presentó el intendente Nievas informó que al mes de septiembre de 2018 el avance de las 100 viviendas era de un 68,33%.

Como muestra del desorden que imperaba, se tomó nota de que la Municipalidad de Castelli nunca aportó el nombre del inspector que certificó los controles que dijo haber efectuado, a lo que se agrega que no presentaron la documentación que se estila en estos casos. Tampoco figuran las fechas en las que se realizaron las supuestas inspecciones que “certificaban” los supuestos avances de obra. Pese a todo, el Intendente Nievas ordenó que se pagara a los Hipperdinger.

Para muestra sirve un botón. En la primera medición se intentó fechar en “diciembre de 2014”, es decir ocho meses antes de que la obra efectivamente se iniciara. Como colofón de las irregularidades, con los datos georeferenciados por la Municipalidad Gendarmería Nacional constató la existencia de un terreno baldío en donde debía estar el barrio de 100 viviendas supuestamente construido hasta el 40% según la Municipalidad y 68 % para el IPDUV.

Entrega de casas sin criterio social

Para comenzar a analizar este punto es necesario recordar que la ciudad de Castelli, como ocurriera en Villa Río Bermejito, se encuentra en la zona geográfica que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó atender en función de haber verificado en 2007 el Defensor del Pueblo de la Nación que las comunidades originarias estaban severamente afectadas por la pobreza y la marginación, y que el plan de viviendas apuntaba a atender esas necesidades sociales.

Uno de los puntos centrales de la investigación que movió a la juez a ordenar la detención del intendente Oscar Alberto Nievas fue el singular reparto de las viviendas construidas. El jefe comunal, en una de sus últimas declaraciones a Canal 9, sostuvo que “lo único malo” que había hecho fue “hacer tantas viviendas para personas que lo necesitaban” e insistió “si me tienen que condenar por haber hecho tantas cosas para el pueblo, bueno, adelante”.

La puntillosa investigación y el detallado trabajo de constatación realizado por Gendarmería en la ciudad de Castelli sirvió para encontrar, con testimonios, inspecciones, oculares y fotografías, que no solo se construyeron defectuosamente la mayoría de las viviendas, sino que por decisión política se produjo una “distribución reprochable” que benefició a amigos, parientes y allegados, muchos de los cuales no calificaban por ser adjudicatarios de viviendas sociales. Niremperger detectó, por lo menos, 40 casos de entregas privilegiadas, en lo que consideró que se produjo “un reparto discrecional en beneficio de familiares o allegados, el cual entiendo habría resultado funcional al desenvolvimiento de los designios de la organización ilícita”.

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