La Provincia
Por una mejor calidad de vida

Pedido de aporte en convocatoria de audiencia pública del transporte

Por un servicio del transporte interurbano de pasajeros que se tome en cuenta a las personas con discapacidad, adultos mayores, embarazadas y niños.

El coordinador del Observatorio de la Discapacidad de la Soc. Civil de la Provincia del Chaco, José Giuggia pide a las autoridades del Ministro de Infraestructura y al subsecretario de Transporte, Luis Risso Patrón que en la audiencia publica por la calidad del servicio del transporte interurbano de pasajeros se tome en cuenta a los pasajeros con discapacidad, adultos mayores, embarazadas y niños.

“La calidad de vida de todas las personas depende en gran medida del medio en que nos movemos y vivimos. Si la ciudad no tiene transporte accesible las personas no pueden movilizarse, en forma adecuada y no hay equiparación de oportunidades, difícilmente van a poder acceder a la educación, al empleo y a las relaciones sociales. Si no se llega a estas facetas básicas, su influencia en la sociedad será mínima; lo que es aun más grave, no podrán aportar el potencial necesario para la sostenibilidad y mejora social”, explico Giuggia.

Además sostuvo que, “esos derechos están plasmados en convenciones, tratados internacionales, leyes nacionales y provinciales y en la propia Carta Orgánica Municipal”.

Y sumo, “han pasado 34 años desde la promulgación de la Ley Nacional Nº 22.431 y 12 años del vencimiento de los plazos (100 por ciento transporte accesible), establecidos en la modificación de la Ley Nacional Nº 24.314, con su Decreto Reglamentario 914/97”.

“Llama la atención el desinterés y la inacción de los organismos: municipio, Secretaría de Transporte provincial,(autoridades anteriores) Instituto de Discapacidad (IPRODICH) e Instituto Defensor del Pueblo, para cumplir y hacer cumplir lo que las normas establecen y así poner fin al calvario que sufre la persona con discapacidad que debe viajar en la ciudad de Resistencia y en Chaco”, completó.

También los legisladores hacen causa común con las entidades en desmedro a las personas discapacidad, y ello se puede ver en el dictado de continuas prórrogas de la Emergencia del Sistema Provincial de Transporte Público Automotores de Pasajeros”.

Giuggia explicó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, sancionada en mayo de 2008, establece en su Artículo 9º en igualdad de condiciones con las demás, destacando el entorno físico y el transporte. - Asimismo, citó a la Constitución Nacional, que en su Capítulo Cuarto/Atribuciones del Congreso/Artículo 75º/punto 23, establece que corresponde al parlamento “legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades. “La ley nacional 22431 (año 1981), Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, estableció en su artículo 22º la adecuación del transporte para que la persona con discapacidad pudieran hacer uso del mismo”, subrayó.

El dirigente insistió que se trata de un “artículo incumplido en lo que se refiere a la accesibilidad del transporte público de pasajeros para personas con discapacidad”. Un tema incómodo para todos los gobiernos y funcionarios controladores del cumplimiento.

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