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Fuertes restricciones en la Justicia

Prohíben a funcionarios judiciales chatear y participar de redes sociales

El STJ incorporó al reglamento interno del Poder Judicial un apartado vinculado al uso de la Web. Entre otras restricciones, los funcionarios están vedados de ingresar a Facebook, bajar archivos pesados o compartir su clave de usuario.

Magistrados, funcionarios judiciales y jefes de oficina están vedados de ingresar dentro del Poder Judicial a páginas de redes sociales, como Facebook o Twitter, chatear, o escuchar radio y ver canales de televisión por Internet. Así lo dispuso una resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) donde se remarca que cada acción dentro de la red judicial está extremadamente monitoreada y ante cualquier infracción al reglamento, su usuario será sancionado.

Aunque recién entró en vigencia el 13 de junio último, la resolución N° 887, fue aprobado por el Alto Cuerpo el 16 de mayo de este año. Bajo el título “Reglamento de uso del correo electrónico, Internet y la red interna del Poder Judicial (intranet)”, el STJ intentó aggiornarse a la era digital incorporando al Reglamento Interno que actualmente utiliza la Justicia los usos y condiciones que deben respetar los usuarios de su sistema. Sin embargo, la medida apunta a restingir fuertemente el uso de la web dentro de las instalaciones del Poder Judicial.

En su Capítulo II, “sobre el acceso, responsabilidad y uso del servicio de Internet ofrecido por el Poder Judicial”, la resolución deja en claro, en el artículo 16º, que “está prohibido el acceso a páginas que ofrezcan contenido de carácter pornográfico, páginas de transmisión de chats, en cualquiera de sus formas, páginas de redes sociales, páginas que ofrezcan actividades lúdicas, páginas de videos, radios, televisión on line y toda página que de una u otra manera refleje o promueva violencia racial, violencia de género o violencia religiosa, o se encuentra reñida con la moral y las buenas costumbres”.

En este sentido, se les advierte a todos los usuarios que “el servicio de Internet que se ofrece a magistrados y funcionarios del Poder Judicial será continuamente monitoreado y registrado su historia de acceso y uso”. “Se hará un monitoreo periódico de los archivos de log y/o de los registros de acceso. Estos archivos de registro (log) identifican sin lugar a dudas al usuario, dirección IP de conexión, sitios visitados, todo referenciado con fecha y hora de acceso”, abunda.

COMPORTAMIENTOS

En caso de detectarse comportamientos considerados como inadecuados, la sanciones previstas varían dependiendo de qué prohibición se violente. En relación a la clave prestada (dar la contraseña a otro usuario distinto del titular) “se procederá de inmediato a suspender los permisos de acceso a Internet, además y por razones de seguridad, se procederá a invalidar la clave”.

Para quien viole la prohibición de ingresar a un sitio pornográfico, nazi, de poker o simplemente a Facebook, se le eliminará de manera “inmediata y definitiva” el permiso de acceso a Internet. Además “se extraerán las constancias necesarias para elevar las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia e iniciar las acciones de rigor”. “Los permisos de acceso a Internet serán recuperados, salvo orden expresa del Alto Cuerpo, luego de la resolución de las actuaciones”, aclara.

A quienes realicen descargas masivas de imágenes, audios, sofware o videos también se los sancionará. En este punto, la normativa aclara que este tipo de acciones “implican un elevado consumo de ancho de banda y un consiguiente deterioro general del servicio prestado a los demás usuarios de la red, además de comprometer la seguridad de la red por la posible intrusión de virus o software ‘mal intencionado’”. “Cuando esta situación sea verificada también se procederá a suspender definitivamente los permisos, se extraerán las constancias y se remitirá al STJ a fin de instruir las actuaciones correspondientes”, añade la resolución.

En cuanto al uso de software no autorizado, el Alto Cuerpo remarca que “está prohibido la instalación y uso de cualquier software que no haya sido específicamente instalado por la Dirección de Tecnologías del Poder Judicial. La detección de software de carácter ilegal traerá aparejado la inmediata comunicación al STJ ante la posibilidad de la comisión de un delito de acción pública”, afirma la normativa. Y aclara: “Se procederá a resguardar la computadora afectada y se realizará imagen de su disco rígido a fin de proceder a su análisis”.

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